Tres sanciones fundamentales tendrá la nueva libreta por puntos que implicará la quita total, según la reglamentación del decreto aprobado ayer. Ellas serán: conducir bajo los efectos de alcohol y otras drogas, negarse a las pruebas de alcohol y drogas o participar en competencias vehiculares no autorizadas. De ahí en adelante hay sanciones menores.
La UNASEV que aprobó el decreto del Permiso Nacional de Conducir por Puntos, fijó quitas de seis puntos para los casos de: uso del teléfono móvil que implique utilizar las manos durante la conducción o conducir al doble o más de la velocidad permitida; con cuatro puntos de pena se sancionará a aquellos que no tengan la correspondiente libreta para la categoría del vehículo que conducen.
Finalmente sanciones de dos puntos se le aplicarán al conductor en los siguientes casos: 1) exceso de velocidad que supere en 30 kilómetros la velocidad permitida sin alcanzar el doble. 2) no usar cinturón de seguridad para el conductor y acompañante. 3) no usar casco en el caso de las motos, tanto para el conductor como el acompañante,4) menor de 12 años viajando en asiento delantero y 5) menor de 12 años sin el cinturón de seguridad.
El Congreso Nacional de Intendentes fue convocado para instrumentar la resolución adoptada, previo a la revisión jurídica de Presidencia y el envío para la firma de los Ministros y del Presidente.
La Libreta de conducir por puntos entrará en funcionamiento en los primeros seis meses del año entrante.
De acuerdo a lo que ya había trascendido, los conductores que reciban por primera vez la licencia, comenzarán con ocho puntos y podrán acumular hasta 15 si mantienen un historial limpio de infracciones durante un período determinado.
Cada infracción tendrá un valor específico en puntos y algunas como las descritas anteriormente podrán hacer que el conductor pierda todos los puntos de una sola vez, casos éstos donde la recuperación de los puntos será obligatoria, mediante un curso de actualización de normas y manejo.