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Etiquetado de Bloqueadores y Uso de Camas Solares
4 nov 2022 | Legisladores Trabajan en un Proyecto de Ley Para Regularlos

El diputado Enzo Malán junto a otros legisladores presentó un proyecto de ley sobre el etiquetado de bloqueadores solares y regulación de las camas solares.

Al respecto explicó que “el objetivo de este es la prevención, protección y control de los efectos nocivos de la exposición solar prolongada para la salud, así como regular la utilización de camas, duchas solares o similares con equipos de emisión de rayos ultravioletas destinadas para bronceado.

 La exposición prolongada a la radiación solar, sin la debida protección, puede producir en el ser humano efectos agudos y crónicos, en la salud de la piel, los ojos, en el sistema inmunitario, o incluso la aparición de cánceres de órganos profundos también vinculados a la radiación UV. Por ello entendemos necesario elaborar o potenciar políticas públicas integrales de prevención, protección y control, a fin de minimizar las enfermedades atribuidas a la exposición a la radiación solar y a otros rayos ultravioletas emitidos por equipos o aparatos de bronceado.

 En relación con las radiaciones por rayos ultravioletas en el año 2009 el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer de la OMS clasificó la radiación UV artificial como carcinógena para los seres humanos. Para prevenir a los individuos de los riesgos potenciales de cáncer de piel por el uso de camas de bronceado, la OMS sugirió dos opciones: o bien prohibir las camas de bronceado o bien restringir y gestionar el uso de las camas de bronceado, acompañado de educación e información.

 A través del presente proyecto de ley se pretende promover y potenciar políticas públicas que disminuyan las enfermedades no transmisibles públicas, que provengan o sean atribuibles a conductas de exposiciones prolongadas a la radiación solar, ya sea, por razones, laborales, educativas, ocio, o buscando un aspecto estético de bronceado.

 Se entiende necesario regular la actividad de los centros o establecimientos que brindan servicios a través de la utilización de equipos por emisión de rayos ultravioletas, ya sean camas solares, duchas solares o similares, estableciendo la prohibición de acceso a dichas prestaciones o servicios, para las personas menores de 18 años de edad, con la excepción de aquellos casos con indicación terapéutica justificada por médico.

 En cuanto al etiquetado de los protectores o bloqueadores solares el proyecto establece la información que como mínimo, deben contenerlos incluyendo advertencia impresa sobre riesgos de exposición solar prolongada. Y se prevé la exoneración de IVA para ciertos protectores, según filtro solar, a efectos de bajar el precio y hacer más accesible a los consumidores dichos productos que protegen la salud”, finalizó expresando el legislador.

CRONICAS FM
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