La medida se aplica a todas las instituciones que se vinculen con menores de edad, tanto a nivel público como privado.
Se trata de las instituciones educativas públicas y privadas de tipo guarderías, pre-escolar, escolar, secundaria, oficios o universitarias y actividades vinculadas a la atención de la salud, sanitaria, deportes, docentes o académicas, que impliquen contacto con menores de edad tanto a nivel público como privado.
Estas deberán exigir el certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
El Ministerio del Interior dispuso imponer una sanción a modo de multa, a las instituciones educativas que incumplan el requisito previo a la contratación de empleados o funcionarios. El certificado que informa sobre los antecedentes judiciales por la comisión de delitos referidos por la normativa, está a disposición por parte del Ministerio del Interior en base a lo establecido en la Ley 19.889.