El Diputado Guillermo Besozzi, desde hace tiempo, en coordinación con la Presidenta de la Junta
Departamental de Soriano Mayka Acuña, viene realizando gestiones ante la
Comisión de Patrimonio del Ministerio de Educación y Cultura, con el objetivo
de concretar el planteo realizado por el Diócesis de Mercedes que aspira a
lograr fondos que serán destinados a la restauración de la Capilla de Santo
Domingo de Soriano.
Besozzi, compartiendo en un todo el planteo realizado desde la diócesis,
apoyó y siguió adelante estas gestiones.
Felizmente, desde la Comisión de Patrimonio del MEC, comunicaron a
Besozzi que se aprobaron los fondos que serán destinados para la
restauración de la emblemática Capilla de Santo Domingo de Soriano.
Algunos datos que merecen ser destacados sobre la Capilla de estilo
neoclásico: fue construida a fines de 1790 a instancias del Presbítero Manuel
Antonio de Castro y Careaga, quien fuera considerado también el fundador de la
ciudad de Mercedes. Quien dirigió su construcción, Juan José Acosta, se
encuentra sepultado en el interior de la propia capilla. La torre no formó
parte de la construcción inicial del emblemático edificio. El 4 de abril de
1811 fue bombardeada desde el río por barcos españoles en represalias por el
levantamiento conocido como Grito de Asencio
Proyecto
de Ley
Asambleas
Virtuales de Copropietarios.
El Diputado Besozzi,
días pasados, a instancia de un planteo que le hicieran llegar el Colegio
de Administradores ( CAPH,) y el Instituto
de Administradores de Propiedad
Horizontal presentó un Proyecto de Ley que entendió oportuno y
pertinente y que busca ser una aporte modernizador y dinamizador de la
actividad de los propietarios de inmuebles de propiedad horizontal.
Como resultado de la
pandemia originada por el Coronavirus COVID-19, y tras la declaración de
“estado de emergencia nacional sanitaria” emitida por las Autoridades de
nuestro país por Decreto No. 93/20 de fecha 13.03.2020, se dispusieron una
serie de medidas, que en su mayoría exhortan a la población a permanecer en sus
hogares, con el fin de reducir al máximo toda interacción social entre las
personas y frenar la propagación del virus en nuestro medio.
En consecuencia,
aquellas actividades que requieren por su naturaleza de la cercanía entre las
personas para su válido desarrollo, se vieron limitadas en su realización, al
encontrarse desprovistas de reglamentación que habilite su celebración a
distancia con el apoyo del uso alternativo de las tecnologías de la información
y la comunicación (en adelante TIC’s), tal es el caso de las asambleas de
copropiedad.
La Asamblea de copropietarios de edificios de apartamentos ha sido
definida como “el órgano deliberatorio y
directivo por excelencia y es la expresión máxima del consorcio” por lo que
ineludiblemente su conformación y funcionamiento debería estar siempre
garantizado.
Los mecanismos propuestos
vienen a mejorar el actual sistema de realización de asambleas de copropiedad,
permitiendo a través del uso de la tecnología, incrementar la participación de
los copropietarios en la toma de decisiones. Con las opciones
de participación a distancia que se propone agregar a la presencial, se
pretenden habilitar nuevas formas de expresar válidamente la voluntad de los
copropietarios en asamblea, posibilitando una mayor
intervención que permita adoptar decisiones a partir de un consenso real,
fortaleciendo con ello el compromiso que asume cada copropietario con su
comunidad. Asimismo, el uso de las TIC’s
en lo cotidiano, propiciará una comunicación más fluida y directa del
Administrador con los propietarios y viceversa.
Por todo lo expuesto y en
atención a la urgente necesidad de mantener en funcionamiento los consorcios y
la estructura económica y social que los mismos representan, tanto para el
colectivo de residentes en edificios de propiedad horizontal como para quienes
los representan (administraciones e inmobiliarias de todo el país) es que se
presenta la mencionada iniciativa legislativa.