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Diputado Guillermo Besozzi gestiona fondos para restauración de la Capilla de Santo Domingo de Soriano
5 ago 2020 | Además presenta proyecto de Ley que otorga igual validez a las asambleas de copropietarios presenciales que a las “virtuales”.

El Diputado Guillermo Besozzi, desde hace tiempo, en  coordinación con la Presidenta de la Junta Departamental de Soriano Mayka Acuña, viene realizando gestiones ante la Comisión de Patrimonio del Ministerio de Educación y Cultura, con el objetivo de concretar el planteo realizado por el Diócesis de Mercedes que aspira a lograr fondos que serán destinados a la restauración de la Capilla de Santo Domingo de Soriano.

Besozzi, compartiendo en un todo el planteo realizado desde la diócesis, apoyó y siguió adelante estas gestiones.

Felizmente, desde la Comisión de Patrimonio del MEC, comunicaron a Besozzi que se aprobaron los fondos que serán destinados para la restauración de la emblemática Capilla de Santo Domingo de Soriano.

Algunos datos que merecen ser destacados sobre la Capilla de estilo neoclásico: fue construida a fines de 1790 a instancias del Presbítero Manuel Antonio de Castro y Careaga, quien fuera considerado también el fundador de la ciudad de Mercedes. Quien dirigió su construcción, Juan José Acosta, se encuentra sepultado en el interior de la propia capilla. La torre no formó parte de la construcción inicial del emblemático edificio. El 4 de abril de 1811 fue bombardeada desde el río por barcos españoles en represalias por el levantamiento conocido como Grito de Asencio

Proyecto de Ley

Asambleas Virtuales de Copropietarios.

El Diputado Besozzi, días pasados, a instancia de un planteo que le hicieran llegar el  Colegio de Administradores ( CAPH,) y el Instituto de Administradores de Propiedad  Horizontal presentó un Proyecto de Ley que entendió oportuno y pertinente y que busca ser una aporte modernizador y dinamizador de la actividad de los propietarios de inmuebles de propiedad horizontal.

Como resultado de la pandemia originada por el Coronavirus COVID-19, y tras la declaración de “estado de emergencia nacional sanitaria” emitida por las Autoridades de nuestro país por Decreto No. 93/20 de fecha 13.03.2020, se dispusieron una serie de medidas, que en su mayoría exhortan a la población a permanecer en sus hogares, con el fin de reducir al máximo toda interacción social entre las personas y frenar la propagación del virus en nuestro medio. 

En consecuencia, aquellas actividades que requieren por su naturaleza de la cercanía entre las personas para su válido desarrollo, se vieron limitadas en su realización, al encontrarse desprovistas de reglamentación que habilite su celebración a distancia con el apoyo del uso alternativo de las tecnologías de la información y la comunicación (en adelante TIC’s), tal es el caso de las asambleas de copropiedad.

La Asamblea de copropietarios de edificios de apartamentos ha sido definida como “el órgano deliberatorio y directivo por excelencia y es la expresión máxima del consorcio” por lo que ineludiblemente su conformación y funcionamiento debería estar siempre garantizado.

Los mecanismos propuestos vienen a mejorar el actual sistema de realización de asambleas de copropiedad, permitiendo a través del uso de la tecnología, incrementar la participación de los copropietarios en la toma de decisiones. Con las opciones de participación a distancia que se propone agregar a la presencial, se pretenden habilitar nuevas formas de expresar válidamente la voluntad de los copropietarios en asamblea, posibilitando una mayor intervención que permita adoptar decisiones a partir de un consenso real, fortaleciendo con ello el compromiso que asume cada copropietario con su comunidad.  Asimismo, el uso de las TIC’s en lo cotidiano, propiciará una comunicación más fluida y directa del Administrador con los propietarios y viceversa.

Por todo lo expuesto y en atención a la urgente necesidad de mantener en funcionamiento los consorcios y la estructura económica y social que los mismos representan, tanto para el colectivo de residentes en edificios de propiedad horizontal como para quienes los representan (administraciones e inmobiliarias de todo el país) es que se presenta la mencionada iniciativa legislativa.

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