La Intendencia de Soriano ha dispuesto el cierre de sus dependencias, incluyendo
Municipios y Juntas Locales, a excepción de los servicios indispensables que
seguirán cumpliéndose.
Esta medida entra en
vigencia desde este viernes y se mantiene hasta nuevo aviso.
Mediante decreto firmado
por el intendente Agustín Bascou se toma esta medida, debido a la evolución que
ha tenido en nuestro país la pandemia del Coronavirus COVID19 y que ha motivado la configuración de una
emergencia sanitaria nacional con efecto sobre ámbitos de competencia
territorial y material de los Gobiernos Departamentales.
La comuna ha adoptado
todas las medidas en consonancia con lo sugerido por el Gobierno Nacional y el
Congreso Nacional de Intendentes, tales como disminución del personal,
reducción de la jornada laboral en las diferentes dependencias, evitando la
normal aglomeración de funcionarios en servicio; así como la suspensión de la
atención presencial a contribuyentes en las distintas reparticiones.
No obstante lo
expresado, y siguiendo las recomendaciones establecidas por el Gobierno
Nacional y Ministerio de Salud Pública, se entiende necesario la adopción de
las medidas expresadas anteriormente, a efectos de contribuir a contener la
expansión del virus COVID 19 – Coronavirus, minimizando la propagación de la
pandemia.
Cabe señalar que la
Constitución de la República y demás normas de carácter nacional imponen a las
Intendencias la responsabilidad de mantener la continuidad de determinados
servicios a los efectos de proteger el “interés general”.
En concreto, y atento
las potestades legales que consagra la Constitución de la República y la Ley
Orgánica Municipal, el Intendente de Soriano RESUELVE:
1°)- Manténgase la suspensión de la atención al
público en todas las reparticiones de la
Intendencia de Soriano, Municipios y Juntas Locales.
2°)- Dispónese el cierre de las dependencias de
la Intendencia, Municipios y Juntas Locales, a excepción de las que
expresamente se indican en la presente resolución y en los términos que se
exponen.
3°)- Los funcionarios que no cumplan tareas en
las reparticiones establecidas como indispensables no concurrirán a trabajar,
sin perjuicio de que puedan ser convocados por razones de servicio en cualquier
momento.
4°)- Establécese como servicios indispensables,
los cuales seguirán trabajando de acuerdo a las disposiciones e indicaciones
que impartan sus superiores, los siguientes:
a)- De recolección de residuos domiciliarios
diurno y nocturno, Vertederos, Barométricas, Fúnebres, Cementerios y
Policlínica Municipal (Departamento de Higiene, Bromatología y Medio Ambiente).
b)- De Brigadas de Tránsito (Departamento de
Tránsito y Transporte).
c)- De la Sección de Iluminación, limpieza de
plazas (Departamento de Arquitectura y Ordenamiento Territorial).
d)- Del Departamento de Hacienda.
e)- De Comedores Municipales, Hogar Diurno
(Departamento de Acción Social y Familia).
f)- Abastecimiento de agua. (Departamento de
Talleres).
g)- Oficina de Personal, División Cuidado y
Mantenimiento, Sección Salud Ocupacional, Portería (Departamento de
Administración).
h)- División Informática (Secretaria General).
5°)- El director correspondiente determinará en cada caso, la cantidad de
funcionarios y los turnos de emergencia con los que deberán ser mantenidas las
prestaciones de los referidos servicios.
6°) La presente
resolución tendrá vigencia desde el 20 de marzo de 2020 hasta nueva disposición en contrario.
Intendencia Prorroga Vencimiento de Contribución Inmobiliaria Urbana
El Intendente de Soriano, Agustín Bascou decretó
la prórroga en el vencimiento de la 1ª cuota y pago contado de Contribución
Inmobiliaria Urbana, Tasas Conexas e Impuesto a los Terrenos Baldíos para el 30
de abril de 2020.
Recordamos que originalmente el primer
vencimiento de este tributo estaba pautado para el 31 de marzo.
Además se prorrogan los vencimientos de todos
los tributos y convenios cuyos vencimientos sean entre el 18 de marzo de 2020 y
el 29 de abril de 2020 para el 30 de abril de 2020.
Se exceptúa de la presente resolución el tributo
Patente de Rodados, el que estará a lo que resuelva el Congreso Nacional de
Intendentes.
Esta determinación se toma ante la necesidad de ajustar los vencimientos
tributarios en virtud de lo resuelto por decreto N° 0.868 de fecha 19 de marzo
de 2020 donde se dispone el cierre de las dependencias de la Intendencia.