La Cámara de Diputados aprobó ayer casi por unanimidad el proyecto de ley que obliga a debatir a los candidatos a la Presidencia de la República.
El proyecto original (presentado por Amado en 2011 y nuevamente en 2015) establecía debates obligatorios entre los candidatos antes de las elecciones de octubre y luego para el balotaje entre los dos más votados.
Varios partidos entendieron que no era conveniente legislar ahora, para las elecciones de octubre, conociendo con nombre y apellido qué candidatos competirán en esa instancia, especialmente porque el proyecto establecía un orden para los debates basado en la votación anterior de sus respectivos partidos.
Por eso, para esta instancia, se acordó que el primer debate obligatorio será entre los dos candidatos más votados en octubre, y se hará antes del balotaje (o segunda vuelta) de noviembre.
Para esa instancia (aunque hay indicios importantes según las encuestas) no se sabe aún qué candidatos estarán en la contienda. Para las elecciones del 2024 sí habrá debates obligatorios antes de octubre, y por supuesto también para el balotaje.
Los debates serán obligatorios y se harán en horario central de la televisión, en cadena nacional.
Los organizará la Corte Electoral y deberá acordar con qué periodistas o conductores se realizan. No podrán durar más de dos horas y el candidato que se niegue a debatir será sancionado: no cobrará el dinero que paga el Estado por cada voto recibido. Para el actual período electoral se habrá entonces el debate obligatorio antes de la segunda vuelta de noviembre, entre los dos candidatos más votados que pasen a esa instancia. A partir de las elecciones de 2024 se aplicará esta ley para los debates entre candidatos antes de las elecciones de octubre.