Expresó a este respecto que "recientemente se ha instalado el debate público sobre el planteo efectuado por el Senador Larrañaga de reformar la Constitución Nacional implementando la prisión perpetua, los allanamientos nocturnos y sacar el Ejército a la calle.
No estoy de acuerdo con los allanamientos nocturnos !
Es una herramienta que se padeció en el pasado que no queremos que nunca más suceda !
Si en cuestión de seguridad se hicieran las cosas bien perfectamente se podría combatir el delito con otros procedimientos como las escuchas telefónicas autorizadas por la justicia, una adecuada inteligencia policial que permita eficazmente prevenir el delito y apresar a sus responsables y procedimientos de allanamientos diurnos una vez recabada toda la información sin necesidad de tener que caer en allanamientos nocturnos como si ello fuera la única forma de atacar el delito y combatir a los delincuentes.
Acaso no se sabe dónde funcionan las bocas de venta de estupefacientes? Funcionan sólo de noche o durante todo el día? Un correcto trabajo de inteligencia policial no permite detener a sus responsables ? Ahí falla la legislación o quien falla es quien ejecuta y aplica la misma?
Tampoco comparto que el Ejército salga a la calle !
Soy de la idea de fortalecer a grupos especiales ya existentes como la Guardia Republicana que actualmente cuenta con una dotación de más de 1.000 efectivos ! Creemos que hay que potenciar a dicha fuerza especial y desplegarla en todo el país en zonas críticas !
Pero que no estén dos o tres días !
Que desarticulen las bandas de delincuentes y permanezcan posteriormente en la zona para brindar protección y seguridad a toda la población dentro de un marco jurídico especial que le confiera mayor seguridad a sus integrantes para desempeñar de una mejor manera su trabajo.
Tampoco estoy de acuerdo con la cadena perpetua ! 45 años de penitenciaria (pena máxima en Uruguay) sin beneficios de excarcelación de ningún tipo (ni libertad anticipada ni libertad condicional, esta última derogada por el nuevo Código del Proceso Penal pero aplicable actualmente para las causas anteriores al 1 de noviembre del año pasado) entiendo que sería lo adecuado.
No sólo se puede actuar al impulso seguramente de buenas intenciones !!!"