| DIARIO CRONICAS GENERAL NOTICIA |
|
|
| Ley de Femicidio se Aplicará por Primera Vez en Soriano |
|
4 dic 2017 | La Joven Asesinada en Dolores Constituye el Caso 32 en lo que Va del Año en Materia de Crímienes
|
|
|
|
El caso de femicidio de la joven de Dolores hará que la Fiscal del caso pueda aplicar por primera vez en Soriano la reciente ley para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia basada en género. La norma aprobada en el Parlamento identificada con el número 19.538 que incorpora el numeral 5 al artículo 312, establece una pena que va de los 15 a los 30 años de penitenciaría cuando el homicidio se cometa dentro de la figura del femicidio. Se entiende como tal aquel realizado contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio por su condición de tal. Sin perjuicio de otras manifestaciones se considerará que son indicios que hacen presumir la existencia del móvil de odio, desprecio o menosprecio cuando: a) a la muerte le hubiera precedido algún incidente de violencia física, psicológica, sexual, económica o de otro tipo, cometido por el autor contra la mujer independiente del hecho de que haya sido denunciado o no por la víctima. b) La víctima se hubiera negado a establecer o reanudar con el autor una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad, ó c) previo a la muerte de la mujer el autor hubiera cometido contra ella cualquier conducta que atente contra su libertad sexual. Conviene precisar que el artículo 312 del Código Penal que incorpora la figura del Femicidio, encuentra como circunstancias agravantes muy especialmente dentro del capítulo sobre Delitos Contra la Personalidad Física y Moral del Hombre, y en el que tipifica el homicidio en su artículo 310 como: "el que con intención de matar diere muerte a alguna persona será castigado con 20 meses de prisión a 20 años de penitenciaría". |
|
|
|
|